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domingo, marzo 8, 2026

¿Es un delito comprar o vender tu voto? ¿Cómo se sanciona?

Fecha:

Cananea, Sonora, a 28 de mayo de 2024.- De acuerdo a la Fiscalía General de la República a través de la Fiscalía Electoral, se considera un delito electoral cualquier acción u omisión que lesiona o pone en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto, las cuales son; universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.
¿Es un delito comprar o vender tú voto?, Según la Ley General en Materia de Delitos Electorales sí lo es, en el Artículo 7 Fracción VII, establece que se impondrá de 50 a 100 días de multa y prisión de 6 meses a 3 años a quien “solicite votos por paga, promesa de dinero, compensación, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar. Solicite u ordene evidencia del sentido de su voto o viole, de cualquier manera, el derecho del ciudadano a emitir su voto en secreto”.
La sanción aplica a cualquier ciudadano que comete el delito, sin embargo, en caso de ser realizado por un funcionario electoral recibirá de 50 a 200 días de multa y prisión de 2 a 5 años. Cuando se trata de un funcionario partidista o candidatos son de 100 a 200 días de multa y prisión de 2 a 6 años. A un funcionario público se le impondrán de 200 a 400 días de multa y prisión de 2 a 9 años. Mientras que diputados y senadores se enfrentan a suspensión de derechos políticos hasta por seis años.

 

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