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domingo, marzo 8, 2026

Reforma a Ley de Amparo debilita el sistema de judicial, opina abogado

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Cananea, Sonora, a 19 de abril de 2024.- El Senado aprobó el día miércoles la reforma a los artículos 129 y 148 de la Ley Reglamentaria de Amparo, la cual limita a los jueces conceder suspensiones provisionales o definitivas, es decir para que no detengan obras o normas de forma cautelar ante posibles violaciones de derechos humanos.
A este respecto, el abogado Lic. Luis Carlos Cha, explicó que antes de esta reforma el ciudadano tenía la posibilidad de acceder al juicio de amparo directo o indirecto, el cual es el principal instrumento de defensa de los derechos humanos para protegerse de los actos de autoridad.
Dentro de este juicio de amparo existen dos momentos importantes, detalló que primero cuando el juez le otorga al quejoso, es decir a quien invoca este juicio, una suspensión provisional y después una suspensión definitiva del acto de autoridad reclamado, o de la ley que le perjudicó.
Con esta nueva reforma que fue aprobada por el Pleno con mayoría morenista, se suprimen estos dos momentos primordiales del juicio de amparo, la suspensión provisional le permitía al quejoso regresar las cosas a la situación en que se encontraba en tanto no se resuelva el asunto de fondo, le permitían tener seguridad de protegerse por la justicia federal.
“Lejos de fortalecer o robustecer el sistema de judicial, lo debilita, el amparo es único, es el padre de todos los juicios, México es de los pocos países que tiene este tipo de sistema que va encaminado exclusivamente a proteger los derechos fundamentales, las garantías constitucionales plasmadas en la Carta Magna”.
“Esta nueva reforma perjudica el sistema jurídico mexicano, limita a los jueces federales, pues el contrapeso natural del poder ejecutivo es la Suprema Corte de Justicia de la Nación, si no hay un poder que limite o controle los actos de autoridad, entonces estamos perdidos” concluyó el Lic. Cha.

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