Sombrerete, Zacatecas.- El pasado 9 de junio del presente año, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje emitió un laudo en el que resolvió en definitiva la huelga de Industrial Minera México, en la mina San Martín en Sombrerete Zacatecas, lo que significó para los poco más de 150 trabajadores que siguen afiliados al Sindicato Minero Nacional que encabeza Napoleón Gómez Urrutia, un verdadero triunfo, tras casi 16 años de haber iniciado el movimiento de huelga, de manera simultánea con secciones de Taxco Guerrero y Cananea, Sonora.
No obstante, la celebración para estos mineros duró poco, pues según informa la revista Forbes, Napoleón Gómez Urrutia ordenó a sus abogados interponer una demanda de amparo, con la cual busca impedir que la mina siga operando de forma normal, como lo ha hecho desde 2018, año cuando un número de obreros, decidieron renunciar al Sindicato Minero y regresar a laborar.
Esta situación ha generado fuertes fricciones entre uno y otro grupo, y tras su reapertura en 2018, la mina de Sombrerete ha recibido inversiones por más de 105 millones de dólares, produce más de un millón 250 mil toneladas de mineral cada año y genera cerca de mil 300 empleos.
El nuevo laudo, ordena la terminación de la huelga y el regreso a las labores de todos los trabajadores, pero ahora, ha entrado de nueva cuenta a un proceso jurídico, tras el amparo del sindicato a pesar del beneficio del laudo, algo que parece incomprensible.
La postura de la empresa, ha sido que Gómez Urrutia insiste en frenar la actividad de esa unidad minera, con el objetivo de alargar un conflicto sindical, con el cual busca encubrir y eludir la sentencia definitiva que lo condena al pago de 55 millones de dólares, más rendimientos acumulados desde 2005, a extrabajadores mineros de Cananea.
La empresa también hace alusión que Napoleón Gómez Urrutia, pretende incidir en el contexto político y electoral, ya que su periodo como legislador está por terminar y necesita mantener el fuero legislativo que lo proteja ante eventuales acciones legales derivadas del caso del 5%, del cual, también la JFCA y el Tribunal Colegiado ha dado la razón a mineros demandantes.
Cabe señalar que entre tanto, la Oficina de Asuntos Laborales Internacionales en Washington envió oficio con fecha 16 de junio 2023, en el que solicita al gobierno de México que revise una denuncia al respecto de que se niegan los derechos de los trabajadores en esta mina San Martín en Zacatecas.
La acción sigue a una petición que alega que el corporativo, está violando la libertad de asociación de los trabajadores y el ejercicio de su derecho a la negociación colectiva.
El 15 de mayo de 2023, la Federación Estadounidense de Trabajadores Congreso de Organizaciones Industriales, United Steelworkers y el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, presentaron un Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC. La petición alega la violación de los derechos de Los Mineros como titular del contrato colectivo de trabajo en la mina San Martín y la contratación de trabajadores para reemplazar a los trabajadores en huelga en violación del contrato colectivo de trabajo y la ley mexicana. La investigación del gobierno de EE. UU. ameritó una solicitud de revisión bajo el T-MEC.
Ante ello, Grupo México afirmó que la mina San Martín, ubicada en Zacatecas y operada por su filial Industrial Minera México, se encuentra operando tras el levantamiento de una huelga por la libre decisión de la mayoría de los trabajadores.
Señalan que tras 11 años de huelga “ordenada por Gómez Urrutia”, la mina San Martín fue reabierta luego de que los trabajadores así lo decidieron “con una votación libre, directa y secreta” en una asamblea en agosto de 2018, en la que también renunciaron a la representación del Sindicato Mineros.
Así mismo, se especificó en un comunicado que “Industrial Minera México estará atenta a cualquier requerimiento de información que formulen las autoridades mexicanas relativo al desahogo que se determine dar a esta petición, en el marco del tratado comercial TMEC”.
