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sábado, marzo 7, 2026

Da vuelco caso de mineros de la Sección 65, Comisión Interaméricana les da la razón

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BOLETÍN  OFICIAL.

Ciudad de México, a 30 de Noviembre de 2016.- La Comisión Interaméricana de Derechos Humanos (CIDH) le otorga 3 meses al gobierno mexicano para responder a los actos ilegales cometidos contra los mineros de Cananea, al despedir a 832 mineros por supuestas “causas de fuerza mayor” en plena huelga, que fueron denunciadas ante la CIDH por el Sindicato Minero el 4 de enero de 2012 (Ver anexo). Violaciones a los derechos humanos laborales internacionales y nacionales que, si bien es cierto, fueron cometidas durante el gobierno de Felipe Calderón, de 2007 a 2011, corresponde al Estado mexicano responder por su titular en turno, el gobierno de Enrique Peña Nieto.

Ya que son derechos humanos internacionales y la CIDH abre sus puertas para “una solución de las partes” amistosa, en los términos de los derecho laborales previstos en la Declaración Americana de Derechos Humanos. O sea, una conciliación diferente a México.

El 30 de julio de 2007 inició la huelga de Cananea por violaciones al contrato colectivo de trabajo, ya que la empresa de Grupo México de Germán Larrea no cubría las medidas de seguridad en la mina y había desconocido a la representación sindical nacional y seccional pidiendo 4 veces a la Junta Federal que declarara inexistente la huelga, lo que fue otorgado por la autoridad, pero como se ganaron los amparos por el Sindicato, se declaró existente la huelga.

Por eso acudió Germán Larrea a otro juicio para despedir a los mineros y terminar el contrato colectivo histórico, por supuestas “causas de fuerza mayor”, inusitadamente inventadas. Para lo cual, Felipe Calderón incluso puso 2 como secretario de Gobernación al abogado de la empresa y Grupo México, a Fernando Gómez Mont. Al actual gobierno le toca decir: si fue legal la terminación de las relaciones de trabajo de los 832 mineros de Cananea, resuelta por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje el 14 de abril de 2009, en un sólo día, al desechar todas las pruebas del Sindicato Minero, y admitir como prueba principal de la empresa una inspección que no fue realizada, pero que determinó que era imposible seguir las relaciones de trabajo, lo que resolvió el mismo día en un laudo, ya preparado de antemano.

Se negaron los amparos del Sindicato y por la vía rápida se hizo el despido de los mineros, se declaró inválido el CCT y la huelga misma, cerrando en México en definitiva las puertas a la justicia. Por lo cual el Sindicato Minero acudió a la CIDH, abriendo sus puertas a la justicia. Pues aunque tarde, solo otorga al gobierno tres meses para contestar, y en medio se podrá llegar a un arreglo amistoso por las partes, pero ante la CIDH.

Múltiples fueron las violaciones al derecho internacional y al nacional, pero habrá que destacar: que sin pruebas a favor de la empresa, la autoridad falló a favor de ella; así como ilegalmente dejó sin pruebas al Sindicato y lo declaró perdedor.

Para resolver procedente el despido por “causas de fuerza mayor”, lo que se acredita como falso, porque un mes después reabrió la empresa, pero con un sindicato de la CTM, con otros trabajadores y un nuevo contrato colectivo, pero ahora de protección patronal, ya que redujo prestaciones y salarios que tenía el Sindicato Minero.

Ese fue el fin de tantas violaciones cometidas: reducir el costo de la mano de obra y así aumentar las ganancias del patrón. A todo eso tendrá que contestar el gobierno anta la CIDH. Desde luego los derechos humanos afectados de los 832 mineros llega también a sus familias, ya que llevan casi 5 años sin los servicios que tenía el contrato colectivo: de salud, hospital, medicamentos, etc. Se anexa el comunicado de la CNDH de fecha 22 de noviembre, que acaba de llegar al Sindicato y al Gobierno.

Atentamente.

 El Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana.

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