. . .es esencial [para] fortalecer un enfoque centrado en las víctimas
que contemple también una perspectiva de género.
Esta iniciativa quedó consolidada este año
con la adopción de una resolución del Consejo de Derechos Humanos
de las Naciones Unidas orientada a la rehabilitación de las víctimas de la tortura.
Ban Ki-moon
Secretario General de Naciones Unidas
2013
El 12 de diciembre de 1997, la Asamblea General de Naciones Unidas, por recomendación del Consejo Económico y Social (decisión 1997/251), proclamó el 26 de junio Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura (resolución 52/149), con vistas a la erradicación total de la tortura y a la aplicación efectiva de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (resolución 39/46), que entró en vigor el 26 de junio de 1987.
Este Día es una ocasión para elevar las voces en defensa de la dignidad humana y el respeto por la vida. En este Día recordamos a todas las víctimas de tortura: a quienes han sobrevivido, que a menudo están marcados psicológica y físicamente, y quienes han sucumbido a ésta, la más horrible de las muertes.[2]
Las Naciones Unidas, junto con otras muchas organizaciones como Amnistía Internacional, trabajan en la lucha contra la tortura a fin de que se llegue a romper el silencio que la rodea y poner fin a los malos tratos infligidos a miles de personas en todos los rincones del planeta.[3]
La tortura es una de las formas más graves de violación de los derechos humanos, e impone un costo terrible a millones de personas y sus familias.
Aunque los daños físicos son tremendos, las secuelas psicológicas y emocionales suelen ser aún más destructivas y más difíciles de curar.[4]
La tortura es la mayor expresión del abuso de poder; por medio de ésta, el agresor busca someter física y mentalmente a su víctima, la cual es cosificada, con lo que su dignidad humana sufre un gravísimo atentado. La tortura es también una violación a los derechos humanos injustificable, porque el torturador es un servidor público que tiene la obligación de respetar los derechos de la persona, y el torturado resulta agraviado porque su agresor incumple con sus obligaciones, además es un delito, porque el victimario concreta la conducta exigida por el tipo penal y la víctima sufre la lesión de su integridad física o mental.
Por otra parte, Naciones Unidas han condenado desde sus comienzos la práctica de la tortura por ser uno de los actos más aborrecibles que los seres humanos cometen contra sus semejantes. La tortura se considera un crimen en el derecho internacional. En todos los instrumentos internacionales la tortura está absolutamente prohibida y no puede justificarse en ninguna circunstancia.
Durante los años ochenta y noventa del siglo pasado, se hicieron avances tanto en el desarrollo de las normas e instrumentos jurídicos como en la imposición de la prohibición de la tortura. La Asamblea General creó en 1981 el Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tortura para financiar a las organizaciones que brindaban asistencia a las víctimas de la tortura y a sus familias. La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes fue aprobada por la Asamblea General en 1984 y entró en vigor en 1987.
Existe un órgano de expertos independientes, denominado Comité contra la Tortura, que se ocupa de vigilar la aplicación de la Convención por los Estados Partes. La Comisión de Derechos Humanos nombró en 1985 al primer Relator Especial sobre la cuestión de la tortura, un experto independiente al que se le encomendó la misión de informar sobre la situación de la tortura en el mundo.
Finalmente, cabe señalar que el artículo 1o., párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos precisa que todas las autoridades están obligadas a “promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos” en su esfera de competencia; así, cuando se cumple con la obligación de respetarlos y protegerlos, se reconoce que el otro tiene derechos, y si los servidores públicos asimilan este compromiso al salvaguardar el disfrute de la integridad física y psicológica de las personas, se previene su violación.
